Campaña contra el comercio de armas
La campaña fue iniciada en octubre de 2003 por Amnistía Internacional, Intermón Oxfam y IANSA. El objetivo de esta campaña es conseguir un acuerdo mundial y jurídicamente vinculante con el fin de crear un Tratado sobre el Comercio de Armas, con el fin de poner fin a las transferencias internacionales de armas convencionales que pueda ser utilizadas para cometer violaciones graves de los derechos humanos y agravar conflictos y situaciones de pobreza.
Este Tratado reduciría el coste de vidas por la proliferación de armas convencionales. Los proveedores de armas encontrarían problemas para saltarse las endebles regulaciones a los sistemas de suministro garantizando a la vez que todos los exportadores e importadores se tendrían que ajustar a estrictas normas comunes sobre el uso, la gestión y la transferencia de armas, fent’hi un mundo más seguro.
El Tratado se centra en la no autorización de los Estados a las transferencias internacionales de armas convencionales o municiones si:
1- Van o serán utilizadas para cometer violaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario.
2- Provocan situaciones que disminuyen el desarrollo sostenible o generan prácticas corruptas.
3- Generan conflictos armados o los exaltan, en contra de las obligaciones de los Estados suscritas en virtud de la Carta de la ONU y de tratados en vigor.
4- Contribuyen a perpetuar la violencia y la delincuencia ya existente.
5- Son susceptibles ser desviadas con el resultado de los puntos anteriores o para cometer actos de terrorismo.
LEGISLACIÓN VIGENTE
Ley de Comercio de armas española. Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso
Código de conducta de la UE Posición Común 2008/944 / PESC del Consejo de 8 de diciembre de 2008 por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares.
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